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Home Prensa Comunicados

Ante la disposición del Artículo 101 del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 7-2019. Reglamento General del Código de Migración sobre las obligaciones de las entidades autorizadas por el Instituto Guatemalteco de Migración para prestar abrigo y cuidado temporal a personas migrantes.

by Difusión FJEDD
23 febrero, 2023
in Comunicados
Ante la disposición del Artículo 101 del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 7-2019. Reglamento General del Código de Migración sobre las obligaciones de las entidades autorizadas por el Instituto Guatemalteco de Migración para prestar abrigo y cuidado temporal a personas migrantes.
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Las organizaciones integrantes del Grupo Articulador de la Sociedad Civil en Materia Migratoria hacen un llamado a las y los funcionarios que integran la Autoridad Migratoria Nacional a revisar y modificar el artículo 101 del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional 7-2019, referido a las obligaciones que deben de cumplir las entidades autorizadas por el IGM para prestar abrigo y cuidado temporal a personas migrantes.

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Tags: Derechos Humanosmigrantespersonas migrantes

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