Articulo publicado en el blog Altoparlante de la organización Artículo 19
Por: David Mora (@FJEDD) y Ana Cristina Ruelas (@anaruelas)
Desde hace más de tres años, ARTICLE 19 y la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho A.C. han trabajado en conjunto por la publicidad de las investigaciones relacionadas con las masacres de migrantes en México. El grado de terror extremo que se vivió con la masacre de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, el 22 de agosto de 2010; las 47 fosas clandestinas con 193 cuerpos encontradas en el mismo lugar en abril de 2011, y la masacre de 49 personas en Cadereyta, Nuevo León, en mayo de 2012[1] es razón suficiente para conocer con certeza los hechos, los actores involucrados y las acciones que las autoridades han y están llevando a cabo para que nunca más vuelva a suceder algo parecido.
La lucha por la apertura de estas investigaciones sigue vigente. Las decisiones de dos jueces[2] que respaldan la publicidad, en defensa de los derechos de acceso a la información y a la verdad, fueron impugnadas por el viejo Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), la Procuraduría General de la República (PGR) y el Ministerio Público y, ahora, se encuentran en proceso de atracción por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En medio de este proceso, el pleno del IFAI cambió, se integró con siete nuevos perfiles y al Instituto se le otorgó autonomía constitucional. Tal vez a causa de esto, los criterios de transparencia en relación con averiguaciones previas y violaciones graves a derechos humanoso delitos de lesa humanidad “se ajustaron” –como indicó Reforma–, y los nuevos comisionados y comisionadas del IFAI dieron reversa a la opacidad que en materia de derechos humanos caracterizó al anterior pleno (con excepción de los entonces comisionados Trinidad y Peschard).
El IFAI finalmente asumió la facultad que le fue conferida desde la publicación inicial de la Ley Federal de Transparencia, hace ya más de diez años, y que fue posteriormente ratificada por la Suprema Corte con ocasión del acceso a la investigación sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla: determinar –sin prejuzgar y sin necesidad de una declaración anterior al respecto– si los hechos investigados en una averiguación previa pueden ser calificados como graves violaciones a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, para efectos exclusivos de permitir o no la publicidad de la información relacionada.
Este cambio llegó el pasado miércoles 20 de agosto, durante la sesión ordinaria, cuando el pleno decidió por unanimidad revocar la reserva que la PGR había determinado sobre algunos documentos relacionados con la investigación y detención de 16 policías municipales de San Fernando, involucrados con las 47 fosas clandestinas.[3]
Sin embargo, no se puede cantar absoluta victoria. La decisión que tomó el pleno es incongruente con la solicitud y atenta a los derechos de acceso a la información y a la verdad del ciudadano solicitante. Nos explicamos:
La información que requería el ciudadano era respecto a la investigación y captura de policías por su participación en las 47 fosas clandestinas con 193 víctimas, encontradas en abril de 2011. No obstante, el pleno estudió y argumentó sobre el caso como si fuese la masacre de los 72, ocurrida en agosto de 2010, también en San Fernando; ordenando la apertura de documentos que no están relacionados con la información solicitada por el ciudadano y que además no se encuentran en la averiguación previa analizada.
Este grave lapsus nos demuestra, por lo menos, tres cuestiones:
Uno. El IFAI no tuvo a la vista la información clasificada por la autoridad[4] con el fin de determinar el interés público imbuido en ésta y hacer un análisis detallado, concienzudo y con plena observancia de estándares internacionales, sobre la existencia o no, prima facie, de violaciones graves a derechos humanos. Este error podría acarrear el incumplimiento de la resolución por parte de las autoridades depositarias de la información.
Dos. La desinformación y opacidad que rodean a las tres masacres son tales, que incluso el Instituto a cargo de transparentar la información y hacer rendir cuentas a la autoridad investigadora erra al analizar los hechos y las implicaciones de éstos.
Tres. Mucho falta para que el derecho a la verdad cale en el Instituto, para así comprender las implicaciones que sobre éste tiene el acceso a la información pública relacionada con graves violaciones a derechos humanos o delitos de lesa humanidad. Faltan los comisionados a la verdad cuando confunden hechos, circunstancias, víctimas o perpetradores.
Por esto, es necesario que, previo a la firma de la resolución,[5] se estudie nuevamente los términos en los que fue votada a fin de que se permita el acceso a los documentos vertidos en la averiguación previa de la masacre de 193personas en abril de 2011, de la cual derivaron las detenciones de miembros de la policía.
Desde la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho y ARTICLE 19 aplaudimos la decisión del IFAI, pues fortalece al Instituto en su labor de fiscalizar el funcionamiento transparente de los poderes públicos. Sin embargo, consideramos que se deben observar rigurosamente los casos de masacres de migrantes, para que la decisión tomada el pasado miércoles sea realmente una apuesta institucional por garantizar los derechos de acceso a la información y a la verdad de la sociedad.
* David Mora es investigador de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho A. C., y Ana Cristina Ruelas es oficial del Programa de Derecho a la Información de la Oficina para México y Centroamérica de ARTICLE 19.
[1] De los 49 torsos abandonados en Cadereyta, por lo menos 10 eran migrantes, originarios de Honduras. Véase acá.
[2] Sexto Juzgado de Distrito, amparo indirecto 1189/2013 y Octavo Juzgado de Distrito, amparo indirecto 1371/2013.
[3] RDA 1924/2014 derivado de la solicitud de información con folio INFOMEX 0001700105814.
[4] Violando con esto el párrafo tercero del artículo 17 de la Ley Federal de Acceso a la Información.
[5] Si bien el recurso fue votado en la sesión del 20 de agosto de 2014, aún se encuentra en engrose.
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