Fuente: Proceso.
GLORIA LETICIA DÍAZ
23 DE ENERO DE 2014
MÉXICO, D.F. (aparo).- El Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal admitió para su trámite, el pasado viernes 17, un juicio de amparo contra la actuación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en la recomendación relacionada con la masacre de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas.
La solicitud fue interpuesta por familiares de las víctimas, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, el Comité de Familiares de Migrantes Desaparecidos de El Salvador (Cofamide) y el Comité de Familiares de Migrantes Desaparecidos de El Progreso (Cofamipro).
En un comunicado, los familiares manifiestan su inconformidad por el deficiente proceso de investigación realizado por la CNDH, además de que en la recomendación 80/2013 no se pronunció respecto de la masacre de 72 personas. “No señaló si se violó el derecho a la vida y si el Estado está involucrado por acción u omisión”, puntualiza el texto.
Señala que la demanda de amparo no sólo pretende “reivindicar los derechos de los familiares de las víctimas”, sino también exigir a la CNDH “el estándar que una institución garante de derechos humanos debe tener frente a graves violaciones a los derechos humanos de la población migrante”.
Contrario a la posición que en otras ocasiones ha manifestado el organismo presidido por Raúl Plascencia Villanueva a favor de las víctimas, como ocurrió con Florence Cassez, en el caso de los 72 migrantes la recomendación “no da ningún lugar a los familiares de las víctimas en tanto que nunca los buscó, no los escuchó, no respetó sus derechos de acceso a la justicia, ni analizó las condiciones de particular vulnerabilidad que enfrentan por no ser nacionales de México”, subraya.
Peor aún, apunta, “la Comisión no clasificó como violación grave a los derechos humanos los eventos, minimizando con esto el impacto sobre las víctimas y la sociedad en general”.
Las organizaciones firmantes también solicitan al Poder Judicial federal que se pronuncie por la constitucionalidad del artículo 47 de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, toda vez que “no prevé un medio de inconformidad o de impugnación a las resoluciones de la Comisión, mientras sí lo hace en el caso de las comisiones estatales”.
Los demandantes recuerdan que en el contexto de la reforma constitucional en materia de derechos humanos, así como la promulgación de la Ley de Víctimas, aunado al reconocimiento que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) hizo a la labor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es inaplazable la intervención del Poder Judicial Federal, frente a “un escenario en el que la máxima autoridad federal que debe velar por el respeto a los derechos humanos (la CNDH) es quien los viola”.
Para los familiares de los migrantes masacrados en agosto de 2010 en San Fernando, supuestamente a manos de Los Zetas, la labor de la CNDH en este caso, “uno de los hechos más repudiados por la comunidad nacional e internacional” –que no desarrolló el organismo–, “es establecer la verdad histórica sobre el papel del Estado en los hechos, en la investigación del caso y la atención a las víctimas y sus familiares”.
La recomendación 80/2013 de la CNDH, publicada el pasado 23 de diciembre, está dirigida a la Procuraduría General de la República y al gobernador de Tamaulipas.
En dicha recomendación, el organismo identificó la responsabilidad de 18 funcionarios estatales y siete federales en las investigaciones realizadas para la identificación de los cuerpos de las víctimas.
La CNDH detectó fallas en la preservación de las evidencias en el lugar del crimen, en la recolección de indicios y el maltrato a los cadáveres, errores que inciden para que 12 de las 72 víctimas no hayan sido identificadas hasta ahora y permanezcan en una fosa común.