Ciudad de México, a 27 de mayo de 2026.- Las organizaciones, personas periodistas, académicas, defensoras de derechos humanos y firmantes de esta carta expresamos nuestra profunda preocupación por el uso expansivo y arbitrario del derecho penal en San Luis Potosí a partir de la aplicación de las recientes reformas relacionadas con inteligencia artificial, manipulación de imagen e identidad digital.
Diversas organizaciones han documentado, desde el pasado 21 de mayo, la detención de Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo, comunicadora digital y funcionaria pública, respectivamente, así como una orden de aprehensión en contra de al menos 8 personas más, incluída Anahí Torres González, periodista, directora y titular de diversos medios de comunicación en San Luis Potosí. De la misma forma se desconoce el motivo de la detención de Christian Herrera, creador de contenido en la página en Facebook “Código Rojo”, de Ciudad Valles.
Las detenciones de personas comunicadoras y creadoras de contenido, así como la emisión de órdenes de aprehensión contra periodistas, voces críticas y opositoras, constituyen una grave señal de deterioro democrático y representan un riesgo directo para la libertad de expresión, el debate público y el ejercicio periodístico en la entidad.
La vigencia misma del tipo penal hoy utilizado genera una amenaza estructural contra la libertad de expresión. Su redacción ambigua, amplia e imprecisa incumple con los principios de estricta legalidad y taxatividad que deben regir toda norma penal en un Estado democrático. Bajo fórmulas vagas e indeterminadas, la autoridad puede perseguir expresiones críticas o materiales de interés público.
Esto produce un evidente efecto inhibitorio (“chilling effect”) sobre periodistas, medios de comunicación, activistas y ciudadanía en general, quienes enfrentan incertidumbre jurídica respecto de qué expresiones podrían derivar en investigaciones penales, detenciones o procesos judiciales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido reiteradamente que las normas ambiguas que permiten amplios márgenes de discrecionalidad estatal son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión.
En una democracia constitucional, el derecho penal no es la primera razón, sino la última. Tampoco puede convertirse en un mecanismo de silenciamiento ni en una herramienta para castigar discursos incómodos o críticos hacia el poder público. Mucho menos cuando se trata de expresiones relacionadas con asuntos de interés público o con el escrutinio de actores gubernamentales.
Por ello solicitamos
Al Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí:
- Garantizar plenamente el debido proceso, el derecho de defensa y el principio de presunción de inocencia de todas las personas investigadas o detenidas.
- Aplicar estándares reforzados de protección a la libertad de expresión y de prensa en cualquier determinación judicial relacionada con estos casos.
- Valorar el impacto inhibitorio y desproporcionado que tendría la continuación de procesos penales sustentados en un tipo penal cuestionado constitucionalmente.
- Determinar la no vinculación a proceso de las personas imputadas, al no existir condiciones compatibles con los estándares constitucionales e interamericanos para restringir la libertad de expresión mediante la vía penal.
A la Fiscalía General del Estado:
- Cesar el uso expansivo del derecho penal para perseguir expresiones protegidas constitucionalmente.
- Abstenerse de criminalizar actividades periodísticas, comunicativas, críticas, satíricas o de interés público.
- Garantizar investigaciones con apego irrestricto a derechos humanos y estándares internacionales de libertad de expresión.
- Evitar detenciones arbitrarias, actos de intimidación o medidas desproporcionadas contra periodistas, comunicadores y personas críticas del poder público.
Al Congreso del Estado de San Luis Potosí:
- Abrir un proceso amplio, plural y técnicamente informado de discusión pública mediante un Parlamento Abierto, con participación de especialistas en derechos digitales, libertad de expresión, inteligencia artificial, academia, periodismo y sociedad civil.
- Revisar integralmente el tipo penal cuestionado a la luz de los estándares constitucionales e interamericanos en materia de legalidad penal y libertad de expresión.
- Abstenerse de impulsar o mantener normas ambiguas que permitan la censura indirecta, la persecución judicial o el silenciamiento de voces críticas.
La discusión sobre inteligencia artificial, manipulación digital y protección de derechos debe realizarse desde una perspectiva democrática, técnica y respetuosa de los derechos humanos. Regular tecnologías emergentes no puede servir como pretexto para debilitar libertades fundamentales ni para ampliar facultades punitivas incompatibles con una sociedad democrática.
Hoy más que nunca, San Luis Potosí necesita instituciones que protejan el debate público, no que lo criminalicen.
FIRMAS:
- Alianza de Medios Mx
- ARTICLE 19 México y Centroamérica
- Clínica Jurídica Minerva Calderón. Universidad Iberoamericana Puebla.
- Comité para la Protección de Periodistas (CPJ, por sus siglas en inglés)
- Fundación para la Justicia
- Valencia y Asociados, Abogados Penalistas, S.C.
- Propuesta Cívica
- Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D)
- Reporteros Sin Fronteras




